Cuando se va acercando la edad de la jubilación, muchas son las personas que se preguntan si cumplirán los requisitos para cobrar una pensión del estado. Esto es debido a que, además de la edad exigida para acceder a ellas, también hay que tener un mínimo de años de cotización para jubilación.
El tiempo cotizado es aquel en el que un trabajador ha estado pagando mensualmente a la Seguridad Social una parte de su sueldo.
Este requisito de tiempo de cotización es exigido en todos los tipos de jubilación que existen en nuestro país, aunque puede ser diferente en cada una de ellas.

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Jubilación en España
Jubilación ordinaria
En la jubilación ordinaria un trabajador deja de estar en activo para pasar a estar jubilado cuando una persona cumple la edad legal de jubilación. Pero ¿cuál es la edad legal de jubilación en España? La edad de jubilación es de 65 años, pero con la reforma de las pensiones se aprobó una modificación mediante la que, tras un periodo transitorio, la edad legal de jubilación se establece en 67.
En este año 2021 es obligatorio tener 37 años y 3 meses como mínimo para jubilarse a los 65. En caso de no cumplir este requisito la jubilación se retrasa un año, teniendo que esperar a los 66 años.
Este periodo mínimo de cotización para jubilarse con 65 años se va a ir aumentando progresivamente hasta el año 2027.
Las estadísticas muestran que existe diferencia entre la pensión de la mujer y del hombre posiblemente explicada por la insuficiencia de cotización para acceder a las prestaciones.
Jubilación anticipada
La jubilación anticipada se produce cuando alguien se jubila antes de la edad legal de jubilación
Si te decides por una jubilación anticipada a partir de los 63 y no es tu empresa la que te empuja a ello si no que es por voluntad propia, debes tener cotizados 35 años de los que 2 deben estar en los 15 años previos a la jubilación.
Para los casos de jubilación anticipada forzosa, además de tener cumplidos los 61 años se debe haber cotizado un mínimo de 33 años, de los que 2 deben estar en los últimos 15 años.
Existen casos excepcionales donde solo se exigen un mínimo 15 años cotizados para jubilarse de forma anticipada:
- Cuando provenimos de un trabajo considerado penoso.
- Si tenemos un 45 % o más de discapacidad.
- Si hemos cotizado por haber ejercido la tauromaquia.
- Si se ha sido mutualista, artista, bombero o Ertzaintza.
Jubilación parcial
En la jubilación parcial el trabajador continúa trabajando, pero de forma parcial, y puede ser sustituido por otro trabajador mediante un contrato de relevo.
En el caso de este tipo de jubilación, el requisito de los años cotizados va a depender de la existencia o no del contrato de relevo. Este contrato tiene como finalidad la incorporación inicialmente parcial a la empresa para sustituir al trabajador jubilado parcialmente.
Si no existe este contrato de relevo, el requisito de cotización para acceder a la jubilación será de 15 años, 2 de los cuales deberán haber sido cotizados en los 15 años anteriores.
Por el contrario, con contrato de relevo, la cotización necesaria será de 33 años como mínimo, excepto en los casos en los que el trabajador relevado tenga una discapacidad reconocida del 33 % o superior, en cuyo caso se exigirán 25 años cotizados.
Jubilación flexible
En la jubilación flexible el trabajador continúa trabajando a pesar de cumplir los requisitos para acceder a la jubilación.
Para este tipo de jubilación el requisito de cotización es el mismo que para la jubilación ordinaria, se necesita un mínimo de 15 años cotizados.
Cálculo la Pensión de jubilación en España
Para calcular la pensión, habrá que aplicar a la base reguladora un porcentaje que dependerá de los años cotizados. Por eso es importante saber elegir cuándo solicitar la jubilación.
La base reguladora se calcula dividiendo por 350 las bases de cotización del interesado durante los 300 meses inmediatamente anteriores.
El porcentaje es variable en función de los años de cotización a la Seguridad Social, aplicándose una escala que comienza con el 50 % a los 15 años, aumentando a partir del decimosexto año un 0,19 % por cada mes adicional de cotización, entre los meses 1 y 248, y un 0,18 %
Si te preguntas cuántos años cotizados necesitas para la pensión mínima, la respuesta es 15.